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El Estado no ha convenido arbitraje sobre multas para ruta 27 y este no es posible

  • ldfderechopublico
  • Sep 26, 2022
  • 1 min read

Updated: Jun 14, 2024




En un reciente voto de la Sala Primera 1412-2022 externó que si bien conforme a los artículos 27 de la Ley 6227 y 18 de la Ley RAC el Estado podía someter a arbitraje sus controversias, se requería para ello una manifestación libre de su voluntad del Presidente de hacerlo en cada contrato concreto. Siendo que para la concesión de la ruta 27 compareció aquél solo como testigo de honor en el contrato original y adenda 1, y que el Decreto 151-MOPT es de otra ruta, no era posible un arbitraje contra el Estado sobre las multas impuestas. A la vez, reiteró su posición de que tratándose de potestades de imperio como ocurre con la imposición de multas no es materia disponible en un arbitraje. (arts 66 Ley 6227, 41 y 49 CP, votos de SP 718-2006 y 1605-2021)


 
 
 

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